ADECUACIÓN DE NORMATIVA PISCINAS E INSTALACIONES ACUÁTICAS

Dr. Pool ofrece asesoramiento profesional para confirmar si su instalación cumple con la normativa piscinas vigente en materia de piscinas de uso colectivo de su Comunidad Autónoma. 

En el formulario de contacto podrá poner sus datos y después de estudiar su petición nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad.

Este servicio está dirigido a empresas que gestionan el mantenimiento de piscinas de uso colectivo, es un servicio a nivel consultivo e informativo con la finalidad de prevenir las posibles sanciones que pudieran derivarse de la no observancia de la normativa vigente. Las actuaciones y adecuaciones que requiera la instalación serán presupuestadas aparte. 

Actualmente este servicio sólo está disponible en Andalucía Oriental.

ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA INSTALACION

Nuestros técnicos tendrán en cuenta que reúna las condiciones y requisitos exigidos por:

RD 742/2013 normativa de rango Estatal

La legislación Autonómica Decreto 485 /2019 específica para las zonas de desagües, escaleras, andén, duchas, pediluvios etc.

Criterios de Accesibilidad: tendremos en cuenta las condiciones de accesibilidad a los vasos de las piscinas expuestas en el art 86 del reglamento aprobado por Decreto 293/2009 de 7 de julio.

A NIVEL DE NORMAS TÉCNICAS:

CTE (código Técnico de la Edificación)

RITE (Reglamento de instalaciones Térmicas en los edificios) piscinas climatizadas, saunas baños de vapor

RBT (Reglamento Electrotécnico para baja tensión)

Normativas técnicas UNE-EN:

Se tendrá en cuenta lo que la normativa técnica específica de cada zona exige:

Requisitos de diseños de materiales

Zonas generales, zonas específicas

Salas de primeros auxilios

Puntos de control

Locales técnicos y químicos.

En cuanto a la Gestión de las instalaciones se tendrán en cuenta la normativa de rango estatal a nivel nacional: el RD 742/2013:

También se estará atento a cumplir los requisitos que valora la inspección de la Junta de Andalucía 

PUNTOS QUE CHEQUEA LA INSPECCIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN LAS INSTALACIONES:

Dr. Pool le ayudará a tener en buen estado los puntos que la Inspección comprobará para el correcto cumplimiento de la normativa piscinas:

Los requisitos técnicos de las instalaciones, características estructurales, los sistemas de depuración y el tratamiento del agua y productos empleados.

Tratamiento del agua: Se va a comprobar la procedencia del agua, si viene de la red pública o que sea de distinta procedencia.

 Se comprueba el uso adicional de desinfectante con efecto residual y el agua que se vierte a la red de distribución

Productos químicos: Uso de biocidas por el personal de mantenimiento, almacenamiento de productos químicos.

Personal de mantenimiento: Aún no se puede exigir el certificado ya que no hay una formación reglada en la materia.

– Aplicación biocidas: capacitación según RD  830/2010.

– Mantenimiento instalaciones con riesgo de legionela:  Formación según RD 865/2003.

Métodos de análisis: Laboratorios y métodos de análisis que vienen regulados en el RD 742/2013

Criterios de calidad del agua: Se especifican los valores permitidos para los desinfectantes,

Criterios de calidad del aire: Se controla el nivel de cloro gas en el aire de la instalación y se establecen unos valores de referencia y un valor a partir del que se cierra el vaso de la piscina.

Control de la calidad: es el control rutinario que deben hacer a diario y en horario de máxima afluencia analizando los parámetros químicos del agua.

Situaciones de incumplimiento: en el caso que se superen los valores que se ponen como límite para el uso de la piscina. art 17 Decreto 485/2019

Situaciones de incidencia: art 16 y 17 Decreto 485/2019

Información al público: los usuarios  de piscinas , deberán seguir las instrucciones y cumplir las normas que establezca el Reglamento de régimen interno, que estará expuesto públicamente y en lugares visibles, tanto en la entrada de la piscina como en su interior y que, al menos, deberá contener la información recogida en el artículo 14 del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, así como la prohibición de entrar en la piscina con animales, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales o normativa vigente de aplicación.

En resumen, Dr. Pool comprobará que la instalación cumple con todos los parámetros que exigen tanto la administración estatal como la autonómica y local respecto a la normativa piscinas vigente.

Daremos formación al personal de mantenimiento para que gestionen el Protocolo de Autocontrol de manera eficiente.

SEDEBERÁN CONTEMPLAR LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

1 – Tratamiento del agua de cada vaso.

2- Control de la calidad del agua y del aire de los vasos cubiertos y mixtos.

3- Mantenimiento de la piscina

4- Limpieza y desinfección.

5- Seguridad y buenas prácticas.

6- Plan de control de plagas.

7. Gestión de personas y entidades proveedoras de servicios.

Scroll al inicio